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martes, 26 de mayo de 2015

El 2015 empezó con el mayor número de empresas a concurso en siete años


..."En este escenario, se percibe una tendencia al alza en el número de empresas que apelaron al proceso de concurso de acreedores. Mientras que en el periodo enero-mayo de 2014 fueron 14 las firmas que solicitaron el amparo de esta herramienta, este año esa cifra ascendió a 21. Durante los primeros cinco meses de 2009 –el primer año de vigencia de la ley de concurso, que vino a suplantar el régimen anterior de concordato– habían sido nueve las empresas que hicieron uso de esta posibilidad. Si, en cambio, se toman en cuenta los pedidos anuales, 2010 fue el año con menor cantidad de solicitudes de concurso (32), y 2013 el de mayor (60). El año pasado cerró con un número similar (58). Así, entre 2009 y 2014 el aumento fue de 61,1%."...



http://www.elobservador.com.uy/noticia/305873/el-2015-empezo-con-el-mayor-numero-de-empresas-a-concurso-en-siete-anos/

lunes, 17 de noviembre de 2014

Cambios en Normas contables Adecuadas URUGUAY 2014

Con fecha 14 de octubre de 2014, el Poder Ejecutivo aprobó los Decretos N° 291/014 y N° 292/014, los cuales modifican las normas contables adecuadas en Uruguay.El Decreto 291/014 establece que la norma contable adecuada de aplicación obligatoria es la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para PYMES) emitida por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad a la fecha del Decreto, traducidas al idioma español y publicadas en la página web de la Auditoría Interna de la Nación.Lo mencionado en el párrafo anterior no es de aplicación para los emisores de valores de oferta pública (entidades reguladas por el Decreto 124/11), para los cuales las normas contables adecuadas de aplicación obligatoria son las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).Asimismo, el Decreto define a las entidades emisoras de estados contables de menor importancia relativa, para las cuales las normas contables adecuadas de aplicación obligatoria son algunas secciones de las NIIF para PYMES.Son entidades emisoras de estados contables de menor importancia relativa las que cumplan las siguientes condiciones:1. No tienen obligación pública de rendir cuentas de acuerdo a lo establecido en la Sección 1 de la NIIF para PYMES.2. Sus ingresos operativos netos anuales no superen las UR 200.000.3. Su endeudamiento total con entidades controladas por el Banco Central del Uruguay, encualquier momento del ejercicio, no exceda el 5% de la Responsabilidad Patrimonial Básica para Bancos.4. No sean Sociedades con participación estatal.5. No sean controlantes de, o controladas por, entidades excluidas por los numerales anteriores.De todos modos, el Decreto permite aplicar para las empresas en general (incluidas las de menor importancia relativa) las Normas Internacionales de Información Financiera. Asimismo, permite a las empresas de menor importancia relativa aplicar las NIIF para PYMES. Quedan derogados los Decretos 266/07, 135/09 y 65/10.El Poder Ejecutivo también aprobó el Decreto 292/014. En el mismo se establece que en el caso de que las normas contables adecuadas requieran la preparación de estados contables consolidados, los emisores de oferta pública (referidos en el artículo 1 del Decreto 124/011) deberán presentar estados contables individuales, que se podrán presentar en el mismo documento en que son presentados los estados contables consolidados o en un documento independiente.Los estados contables consolidados e individuales constituyen, en su conjunto, los estados contables que deberán ser sometidos a la consideración de los socios o accionistas de la Sociedad.Asimismo, el Decreto establece que las inversiones en entidades controladas, en entidades controladas en forma conjunta y en entidades bajo influencia significativa, deberán ser valuadas por el método de la participación.Ambos Decretos tendrán vigencia para los ejercicios económicos iniciados a partir del 1° de enero de 2015, siendo posible su adopción anticipada.Para las compañías, los mencionados Decretos implican por un lado invertir en capacitación y por otro lado requerirá evaluar los criterios contables utilizados a la luz de las nuevas normas, recordemos que el Decreto principal anterior (N° 266/07) estaba vigente desde el año 2009.Cra. Verónica Díaz http://www.elobservador.com.uy/noticia/292261/cambios-en-las-normas-contables-adecuadas-en-uruguay/

sábado, 12 de abril de 2014

URUGUAY: acuerdo anticompetitivo en pulpas de tomate


Recientemente concluyó un procedimiento comenzado en el 2010, con una fuerte sanción - para nuestra plaza - de multas para las empresas productoras de salsa de tomate involucradas.

"La dependencia entendió que se acreditó la existencia de un acuerdo ilícito, conformando un cártel que tuvo objeto y efectos anticompetitivos, resultando absolutamente consistente entre una denuncia que describe situaciones concretas, específicas, con detalles, que si bien fue negada por los denunciados, resulta respaldada por la evidencia objetiva de los estudios técnicos.

El órgano señaló que la naturaleza de la conducta constatada y sus efectos en el mercado, con evidentes perjuicios para los consumidores se ponderaría para establecer el monto de la sanción, no resultando posible cuantificar el beneficio económico obtenido por la implementación del acuerdo."


http://www.elpais.com.uy/economia/noticias/multas-empresas-que-formaron-cartel.html

sábado, 22 de marzo de 2014

Uruguay: sancionan laboratorios y mutualista por poner barreras de acceso a otro laboratorio

Bueno, cuando publiquen la resolución en Internet, la veremos. En principio, estando probadas las afirmaciones de la COPRODECO está muy bien.



"El mes pasado, la comisión concluyó que "se verificaron conductas ilegales" por parte de la sociedad médica y los cuatro laboratorios consistentes en excluir injustificadamente del mercado a una quinta firma -Biogen- y repartirse el mercado de los pacientes de análisis clínicos derivados por la mutualista en acuerdo expreso.

Por ese motivo, se ordenó a las empresas referidas el "inmediato cese de las conductas referidas en cuanto persistan, en particular, disponiendo la inclusión del laboratorio Biogen entre los prestadores de servicios para todos los análisis de laboratorio que se deriven por parte de los profesionales de la Sociedad Médica Quirúrgica de Salto para realización de estudios externos".

Asimismo, se resolvió aplicar una multa de 100.000 Unidades Indexadas (UI) a cada laboratorio y a la mutualista. Eso totaliza 500.000 UI (unos US$ 61.000)."



http://www.elpais.com.uy/economia/noticias/multa-mutualista-laboratorios-practicas-anticompetitivas.html

jueves, 9 de enero de 2014

Concursos (de los malos...): más en Uruguay, menos en Brasil

El día de hoy veo simultáneamente dos noticias sobre el mismo tema, en Uruguay y Brasil. Se trata del número de procedimientos concursales iniciados en cada uno de dichos países. Han aumentado en Uruguay en el 2013, disminuído en Brasil en el mismo período.

A priori parece que es peor que aumenten... pero también puede ser indicio de confiabilidad en reasignación de recursos económicos empresariales. Una mala ley aleja la opción del concurso como forma de solucionar las crisis, también. Y así se perjudican todos... En fin. Habrá que ver la situación contextual.

Noticia de Brasil:

http://www.americaeconomia.com/negocios-industrias/pedidos-para-acogerse-la-ley-de-quiebra-disminuyen-89-en-brasil


Noticia de Uruguay


http://www.elpais.com.uy/economia/noticias/fuerte-suba-empresas-entraron-concurso.html

martes, 5 de noviembre de 2013

Proyecto de Ley; FOMENTAR INCLUSIÓN FINANCIERA Y USO DE MEDIOS DE PAGO ELECTRONICOS.


Adjunto link con el Proyecto de Ley y su Mensaje.

Mucho para discutir al respecto... 


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Beatriz Bugallo
"El buen ciudadano es aquel que no puede tolerar en su patria un poder que pretenda hacerse superior a las leyes.", Cicerón