Blog de noticias jurídicas sobre Derecho Comercial, Propiedad Intelectual, Nuevas Tecnologías, Internet y otros temas relacionados con el mundo de la Empresa. Derecho comparado, fundamentalmente español, hisponoamericano y uruguayo. Selecciona y es responsable del blog: Beatriz Bugallo Montaño
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sábado, 20 de junio de 2015
LINKs con Material sobre Defensa de la Competencia
Trece textos sobre derecho de la competencia publicados entre 2006-2010 que pueden descargarse gratis
Algunos:
A continuación resalto seis de los principales artículos disponibles:
“El Control de las Concentraciones Empresariales en Colombia (Merger Control in Colombia)“, escrito con Alfonso Miranda L., publicado en: Rev. Derecho Competencia. Bogotá (Colombia), Vol. 3 No. 3, 45-204, 2007.
“Fundamentos Económicos del Derecho de la Competencia: Los Beneficios del Monopolio vs Los Beneficios de la Competencia (Economic Foundations of Competition Laws: The Benefits of Monopoly vs. The Benefits of Competition)“, escrito con Alfonso Miranda L., publicado en: Rev. Derecho Competencia. Bogotá (Colombia), vol. 2, n° 2: 269-400, enero-diciembre 2006.
“El Derecho de la Competencia en el Sector Aeronáutico Colombiano (Competition Law in the Colombian Aeronautical Sector)“, escrito con Alfonso Miranda L., publicado en: Rev. Derecho Competencia. Bogotá (Colombia), vol. 4 N° 4, 287-402, enero-diciembre 2008.
“Tacit Collusion: Theory and Case Law in Argentina, Brazil, Chile, Colombia and Panama (1985-2008) (Colusión tácita: Teoría y Casos en Argentina, Brasil, Chile Colombia y Panamá (1985.2008))”, publicado en: Rev. Derecho Competencia. Bogotá (Colombia), vol. 5 N° 5, 307-497, enero-diciembre 2009.
“Expert Economic Testimony in Antitrust Cases: A Comparative Law and Economics Study (Peritaje Económico en Casos de Antimonopolios)“, publicado en: 14 International Law, Revista Colombiana de Derecho Internacional, 221-251 (2009).
“Agricultural Exceptions to Competition Law (Excepciones Agrícolas al Derecho de la Competencia)“, publicado en: Rev. Derecho Competencia. Bogotá (Colombia), vol. 6 N° 6, 173-287, enero-diciembre 2010.
http://lalibrecompetencia.com/2015/06/11/trece-textos-sobre-derecho-de-la-competencia-publicados-entre-2006-2010-que-pueden-descargarse-gratis/
http://lalibrecompetencia.com/
http://lalibrecompetencia.com/
Del BLOG de Jesús Alfaro
Definición del mercado relevante en operación de concentración.
http://almacendederecho.org/definicion-del-mercado-relevante-en-operaciones-de-concentracion/#
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sábado, 12 de abril de 2014
URUGUAY: acuerdo anticompetitivo en pulpas de tomate
Recientemente concluyó un procedimiento comenzado en el 2010, con una fuerte sanción - para nuestra plaza - de multas para las empresas productoras de salsa de tomate involucradas.
"La dependencia entendió que se acreditó la existencia de un acuerdo ilícito, conformando un cártel que tuvo objeto y efectos anticompetitivos, resultando absolutamente consistente entre una denuncia que describe situaciones concretas, específicas, con detalles, que si bien fue negada por los denunciados, resulta respaldada por la evidencia objetiva de los estudios técnicos.
El órgano señaló que la naturaleza de la conducta constatada y sus efectos en el mercado, con evidentes perjuicios para los consumidores se ponderaría para establecer el monto de la sanción, no resultando posible cuantificar el beneficio económico obtenido por la implementación del acuerdo."
http://www.elpais.com.uy/economia/noticias/multas-empresas-que-formaron-cartel.html
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viernes, 11 de abril de 2014
PERÚ: ¿panaderías en pactos anticompetitivos?
Así como en varias ocasiones, en España se han llevado adelante procesos por la autoridad de Defensa de la Competencia involucrando panaderías que acuerdan precios, también se está investigando en Perú, en Piura concretamente, por una similar situación.
http://www.generaccion.com/noticia/194845/indecopi-inicia-procedimiento-sancionador-diversas-panaderias-piura
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ESPAÑA: Marcas de coches investigadas por la autoridad de la Competencia
Análisis de las comunicaciones - y sus contenidos - entre competidores directos.
Un desarrollo muy interesante del caso.
"En esta relación, las marcas intercambiaban datos al menos cada cuatrimestre por correo electrónico y una o dos veces al año en reuniones que se celebraban en hoteles tanto en Madrid o como en Barcelona, según estas mismas fuentes. El objetivo de estas reuniones, a las que acudían ejecutivos de segundo y tercer nivel de cada compañía, era el intercambio de información comercial. Aunque este cruce de datos cobra más sentido para las marcas durante la crisis económica, estas reuniones se venían sucediendo “desde años antes”."
http://vozpopuli.com/economia-y-finanzas/41743-las-marcas-de-coches-a-las-que-investiga-competencia-cruzaban-habitualmente-datos-comerciales-durante-la-crisis
Un desarrollo muy interesante del caso.
"En esta relación, las marcas intercambiaban datos al menos cada cuatrimestre por correo electrónico y una o dos veces al año en reuniones que se celebraban en hoteles tanto en Madrid o como en Barcelona, según estas mismas fuentes. El objetivo de estas reuniones, a las que acudían ejecutivos de segundo y tercer nivel de cada compañía, era el intercambio de información comercial. Aunque este cruce de datos cobra más sentido para las marcas durante la crisis económica, estas reuniones se venían sucediendo “desde años antes”."
http://vozpopuli.com/economia-y-finanzas/41743-las-marcas-de-coches-a-las-que-investiga-competencia-cruzaban-habitualmente-datos-comerciales-durante-la-crisis
viernes, 24 de enero de 2014
Derecho de la competencia y Derecho de la competencia desleal
Del blog del Prof. Jesús Alfaro.
"El Derecho de la competencia está formado por dos conjuntos de normas: el Derecho antimonopolio y el Derecho de la competencia desleal. Ambos comparten idénticos objetivos: asegurar que el funcionamiento del mercado es efectivamente competitivo (v., art. 1 LCD y art. 1 LDC). No parece lógico, sin embargo, que dos conjuntos normativos tuviesen idénticos ámbitos de aplicación. La separación entre el Derecho antimonopolio y el Derecho de la competencia desleal puede establecerse afirmando que el primero adopta una perspectiva macroeconómica, en el sentido de que trata de reprimir aquellos comportamientos que por la potencia de los que lo realizan o por la amplitud de sus efectos, son susceptibles de afectar al funcionamiento concurrencial del mercado en todo o en parte del territorio español mientras que el Derecho de la competencia desleal adopta, más bien, una perspectiva microeconómica, es decir, trata de tutelar a los empresarios y a los consumidores frente a comportamientos anticompetitivos, es decir, frente a métodos competitivos que se consideran improductivos socialmente."
Ver Desarrollo:
http://derechomercantilespana.blogspot.com/2014/01/derecho-de-la-competencia-y-derecho-de.html?spref=tw
"El Derecho de la competencia está formado por dos conjuntos de normas: el Derecho antimonopolio y el Derecho de la competencia desleal. Ambos comparten idénticos objetivos: asegurar que el funcionamiento del mercado es efectivamente competitivo (v., art. 1 LCD y art. 1 LDC). No parece lógico, sin embargo, que dos conjuntos normativos tuviesen idénticos ámbitos de aplicación. La separación entre el Derecho antimonopolio y el Derecho de la competencia desleal puede establecerse afirmando que el primero adopta una perspectiva macroeconómica, en el sentido de que trata de reprimir aquellos comportamientos que por la potencia de los que lo realizan o por la amplitud de sus efectos, son susceptibles de afectar al funcionamiento concurrencial del mercado en todo o en parte del territorio español mientras que el Derecho de la competencia desleal adopta, más bien, una perspectiva microeconómica, es decir, trata de tutelar a los empresarios y a los consumidores frente a comportamientos anticompetitivos, es decir, frente a métodos competitivos que se consideran improductivos socialmente."
Ver Desarrollo:
http://derechomercantilespana.blogspot.com/2014/01/derecho-de-la-competencia-y-derecho-de.html?spref=tw
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lunes, 13 de enero de 2014
ALEMANIA: Multas por cartel de cervecerias
En Alemania, luego de un largo proceso, se multó a varias de las principales fábricas de cerveza.
"In joint meetings and bilateral contacts the national breweries were the first to agree price increases and their order of magnitude for their draught and/or bottled beers. Subsequently, at meetings of the North Rhine-Westphalian regional brewery association in June 2006 and September 2007 several of the nationally active breweries (AB InBev, Veltins and Warsteiner) agreed these price increases with breweries active in North Rhine-Westphalia (including Barre)."
NOTA:
"First fines imposed in cartel proceedings against breweries"
(y todavía se puede apelar...)
http://www.bundeskartellamt.de/SharedDocs/Meldung/EN/Pressemitteilungen/2014/13_01_2014_Fernsehbiere.html?nn=3591568
"In joint meetings and bilateral contacts the national breweries were the first to agree price increases and their order of magnitude for their draught and/or bottled beers. Subsequently, at meetings of the North Rhine-Westphalian regional brewery association in June 2006 and September 2007 several of the nationally active breweries (AB InBev, Veltins and Warsteiner) agreed these price increases with breweries active in North Rhine-Westphalia (including Barre)."
NOTA:
"First fines imposed in cartel proceedings against breweries"
(y todavía se puede apelar...)
http://www.bundeskartellamt.de/SharedDocs/Meldung/EN/Pressemitteilungen/2014/13_01_2014_Fernsehbiere.html?nn=3591568
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jueves, 9 de enero de 2014
ESPAÑA: multa con 3,1 millones de euros a AENA y 11 empresas de alquiler de coches
Expediente sancionador por conducta colusoria
La CNMC multa con 3,1 millones de euros a AENA y a 11 empresas de servicios de alquiler de coches
"Es una infracción muy grave porque desarrolla conductas colusorias entre empresas competidoras entre sí en el mercado de los coches de alquiler sin conductor y el establecimiento de determinadas condiciones.
− La CNMC objeta el comportamiento de AENA al haber servido de instrumento esencialmente activo para la ejecución de la infracción,
aunque valora que concluyera los hechos en mayo de 2012."
http://cnmc.es/Portals/0/Ficheros/sala_de_prensa/2014/01_Enero/20140109_Sancionador_AENA_aeropuertos_.pdf
martes, 7 de enero de 2014
Pacto de (no) Acceso o de Precios en la SALUD: ilegal por anticompetitivo.
Si, en definitiva, se prueba que hubo pacto entre competidores es lógico que corresponda la sanción.
"MUTUALISTA SALTEÑA Y CUATRO PROVEEDORES EN LA MIRA
Prevén sanción a empresas de la salud por pactar precios
La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia se apresta a sancionar a una mutualista salteña y a cuatro proveedores de servicios por la aplicación de prácticas anticompetitivas."
"La decisión de la mutualista fue negativa, pero según se estableció en la investigación llevada adelante por la Comisión, una de las más fuertes motivaciones para negar el acceso al nuevo laboratorio se vinculó a la actuación coordinada de las restantes entidades, que se nuclearon en una gremial y pidieron expresamente a la sociedad médica que no tomara nuevos prestadores de servicios."
http://www.elpais.com.uy/economia/noticias/preven-sancion-firmas-medicas-pactar.html
"MUTUALISTA SALTEÑA Y CUATRO PROVEEDORES EN LA MIRA
Prevén sanción a empresas de la salud por pactar precios
La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia se apresta a sancionar a una mutualista salteña y a cuatro proveedores de servicios por la aplicación de prácticas anticompetitivas."
"La decisión de la mutualista fue negativa, pero según se estableció en la investigación llevada adelante por la Comisión, una de las más fuertes motivaciones para negar el acceso al nuevo laboratorio se vinculó a la actuación coordinada de las restantes entidades, que se nuclearon en una gremial y pidieron expresamente a la sociedad médica que no tomara nuevos prestadores de servicios."
http://www.elpais.com.uy/economia/noticias/preven-sancion-firmas-medicas-pactar.html
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