Nota de Luis Cazorla, con su opinión sobre el tema.
"Si lo que se busca es una concreta situación patrimonial (patrimonio como cifra económica) no parece el mejor planteamiento el de imponer sin excepción ni matiz alguno (es lo que le falta a la norma actual) unos requisitos de capitalización (capital como cifra de garantía jurídica), por lo que esperamos que el CSD -al aplicar una normativa que, en tanto no se reforme, tiene que ser respetada- encuentre los mecanismos de flexibilidad precisos para que los requerimientos normativos puedan ser satisfechos por la SD EIBAR (me consta que el CSD está procediendo así)."
http://luiscazorla.com/2014/03/la-sd-eibar-o-el-problema-de-la-utilizacion-de-las-sa-d-para-lo-que-no-han-de-servir/
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