Blog de Luis Cazorla, con análisis de la REsolución que salió en junio sobre el tema.
Muy bueno!
"La reciente RDGRN de 9 de junio de 2014, publicada en el BOE de ayer, analiza la cuestión de la posible reactivación de una sociedad disuelta de pleno derecho, aun cuando, como bien afirma la propia RDGRN, no se trata tanto de una reactivación de la sociedad isleta, sino del acceso al registro tardío de un acuerdo de prórroga de la sociedad adoptado en tiempo. Al hilo de esta cuestión, la RDGN, aborda un sucinto análisis la naturaleza y alcance de la disolución de pleno derecho como causa de disolución social (en este caso por el transcurso del plazo de duración fijado para la SL), junto a ello, de la posibilidad de que las sociedades en liquidación por concurrir dicha causa de disolución automática, puedan ser, en su caso, reactivadas."
http://luiscazorla.com/2014/07/la-reactivacion-de-una-sl-disuelta-de-pleno-derecho/
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